viernes, 16 de marzo de 2012

LOS PRIMEROS SEMAFOROS DE HUAROCHIRI EN SANTA EULALIA






El día martes 13 de marzo del 2012 se inicio la colocación de los primeros semáforos de la provincia de Huarochirí en el cruce de Santa Eulalia.
Estos semáforos ayudaran a evitar accidentes de transito en esta zona, además la colocación de estos semáforos coinciden con el inicio de la temporada turística en el distrito, que es la temporada en que ocurren los accidentes por falta de control en el transito puesto que en estos kilómetros de la carreta central no hay ningún semáforo que regule el transito.
Gracias a las gestiones realizadas por el alcalde David Sánchez se logro este importante avance para el desarrollo de Santa Eulalia, que continúa su camino a ser el distrito mas seguro y moderno, ejemplo de Huarochirí.
Las gestiones se realizaron ante la municipalidad de Lima, que es el ente encargado del tema del transporte público en este tramo de la carretera central hasta el puente Ricardo Palma.

CHICLA - HUAROCHIRI: ¿OTRO CASO DE CONTAMINACIÓN? FERROVÍAS ,TODO EL COMBUSTIBLE DE LOS TRENES DE CARGA HABRÍA SIDO DERRAMADO EN EL RIO






ESTE CASO TIENE QUE SER INVESTIGADO Y SANCIONADO POR LAS AUTORIDADES
El día lunes 12 de marzo del 2012, aproximadamente a las 07:30 a.m. en la entrada de Casapalca Km. 115 de la Carretera Central se descarriló un tren, que cayo al rio Rimac, el petroleo y aceite de esta unidad ferroviaria se derramó en el rio; la otra unidad se desplomó más abajo, aproximadamente en el Km. 112 y se quedó suspendido en la mitad del cerro; al parecer estas dos unidades ferroviarias venian enganchadas, al caer al vacio una de ellas los tripulantes abandonarón dichas unidades es por esa razón que la otra locomotora se cayó por inercia, hubo dos heridos, el tren hiba de Casapalca hacia Lima transportando mineral, por razones que desconocemos varios matones de la Empresa Ferroviaria querian impedir que filmemos y tomemos fotos de este accidente, ya que ellos estaban cubriendo dichas unidades siniestradas para que no apuntemos los números de dichas locomotoras; estos dos accidentes han contaminado nuestro rio Rimac, ya que todo su combustible ha sido derramado en el rio, incluso el olor se percibía desde la localidad de Chicla.
Despacho: J. C. J.

jueves, 8 de marzo de 2012

CONFIRMADO 45% DE FIRMAS RECAUDADAS SÓLO HASTA FEBRERO PARA REVOCAR AL ALCALDE DE SAN MATEO Y REGIDORES

En poco tiempo después de la adquissición de la compra del kit de revocatoria en el distrito de San Mateo, fuentes confiables dan a conocer que han recaudado el 45% de firmas hasta el mes de febrero, según se conoce que en estos últimos meses sólo han hecho el trabajo de campo en el cono este: Huaycan, Santa Anita, Vitarte, Ñaña y aún faltan Chosica, Ricardo Palma, Santa Eulalia y San Mateo. Al parecer esta gestión tiene las horas contadas.

miércoles, 7 de marzo de 2012

SAN MATEO- HUAROCHIRI:¡ALTO A LA CONTAMINACION : ESTARÍA COMPROMETIDA PROEMINA SAC - EL ALCALDE LUIS RINCON ¿NO SE HACE NADA?

LA CONTAMINACIÓN EN LA MICROCUENCA DE PARAC – SAN MATEO
ANIMALES SE ESTARÍAN MURIENDO POR CAUSA DE RELAVES MINEROS




Ubicación y características principales La naciente de la quebrada de Parac se encuentra en el tripartito territorial de las Comunidades Campesinas San Antonio, San José de Parac y San Miguel de Viso, del distrito de San Mateo, Provincia de Huarochiri., Región Lima.

- Tiene una longitud de 19.3 Kilómetros

- En la parte alta es un valle glacial, con bofedales y pajonales que constituyen la fuente natural del agua que circula por la quebrada de Tonsuyoc que desemboca en el río Rímac a la altura de Tamboraque,

- En la parte baja existen unas mil hectáreas de tierras agrícolas de las comunidades de San José de Parac y San Antonio.

Su caudal medio anual es de 1.0 m3/seg.
El uso del agua
- Los riachuelos de la Microcuenca Parac (Pacococha, Tonsuyoc, Millotingo, Parac, Aruri) es utilizado por las comunidades campesinas San José de Parac y San Antonio para el ruego de su agricultura y para el ganado hasta su desembocadura en el rio Rímac, a la altura de Tamboraque.

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La operadora minera PROEMINA SAC, también utiliza el agua en su planta de Millotingo desde donde las aguas transportan óxidos y elementos pesados hacia el curso del río hacia las zona baja
Situación actual

En la naciente de la Microcuenca se encuentran la planta de tratamiento y canchas de relaves de la empresa minera PROEMINA SAC, desarrollando sus operaciones sin autorización de la comunidad Campesina San Antonio, contaminando los pastos, el ganado, los bofedales el aire y el agua, cuya denuncia principal lo ha efectuado la Comunidad Campesina San José de Parac, a la Gobernadora de San Mateo, Municipalidad y Fiscalía de Matucana, por la muerte de su ganado y deterioro de la agricultura
Riesgo Ambiental
El no asumir las responsabilidades ambientales por parte de PROEMINA SAC ha incrementando los impactos mineros en los pastos, bofedales, pajonales, el agua y el aire en la parte alta de la Microcuenca con efectos sobre la vida y el desarrollo de las comunidades campesinas de Parac y San Antonio del distrito de San Mateo, afectando la cadena trófica.
PROCESO DE DENUNUCIAS
- El 12 de Octubre del 2007 ante la queja de algunos comuneros por contaminación y el interés de reactivación de operación minera por la visita de campo que venían realizando algunas operadoras, el CODEMADES solicito al Director General de Minería (Registro Nº 1727622 del Ministerio de Energía y Minas) disponga la remediación de los pasivos mineros de Millotingo y Pacococha toda vez que estos estaban contaminando las aguas del rio Tonsuyoc en la Microcuenca Parac que desemboca al rio Rímac en Tamboraque.

Con fecha 26 de Octubre del 2007 considerando que los titulares mineros tienen calificación de pequeño productor minero y se encuentran dentro la jurisdicción de la Región Lima, mediante Oficio 999-2007-MEM/DGM la Dirección General de Minería derivó la solicitud a la Dirección Regional de Energía y Minas de Lima, de la cual no se recibió respuesta.

- En el año 2008, apareció la empresa PROEMINA SAC operando en Millotingo, realizando trabajos de mantenimiento y después tratamiento de los relaves para la obtención del oro utilizando el Cianuro, vulnerando la Ley de Usufructo Minero y la Ley de las Comunidades Campesinas.

- En Octubre del 20011 la Comunidad Campesina San Antonio por acuerdo de Asamblea General, solicito a la Dirección General de Minería la suspensión de Operaciones de la Minera de PROEMINA SAC de Millotingo en el distrito de San Mateo, en vista que la referida empresa no cuentan con autorización de la comunidad para el uso superficial de su territorio y viene realizando la explotación de minerales.

- El 26 de Noviembre del 2011 mediante Carta Notarial Nº. 9350 – 2011 de Notaria Edgar R. Mollepaza Bilbao de Chosica la Comunidad Campesina San José de Parac, solicito a la minera PROEMINA SAC no contamine las aguas del rio Tonsuyoc con residuos de relaves por han muerto cinco auquénidos de los comuneros y cumpla otros acuerdos.

- El 16 de Febrero del 2012, la comunidad campesina San José de Parac denuncio la muerte de sus animales y los daños a la agricultura, asimismo presento denuncia ante la municipalidad distrital de San Mateo y la Fiscalía de Matucana, exigiendo una Inspección a fin de hacer prevalecer su derecho a gozar de un ambiente sano y saludable para el desarrollo de la vida, conforme dispone la Nueva Ley del Medio Ambiente, garantizado por la legislación penal.

- El Presidente del Codemades denuncio ante los Cabildos Abiertos de la Municipalidad de San Mateo (2011 y 2012) sobre la grave situación ambiental en la Microcuenca Parac, solicitando su intervención, la que fue difundida por radio Líder en el programa radial del Lic. Ludeña.
CODEMADES EXIGE LA INTERVENCIÓN DE AUTORIDADES

Ante la grave situación ambiental el Codemades demanda la inmediata intervención de las autoridades locales, judiciales y de minería, para afrontar tan delicada situación creada por PROEMINA SAC en la Microcuenca de Parac, a fin de evitar los efectos nocivos contra la vida, salud y los recursos naturales, conforme norma la LEY GENERAL DEL AMBIENTE – LEY Nº. 6811. Artículo I.- Del derecho y deber fundamental: Toda persona tiene el derecho irrenunciable a vivir en un ambiente saludable, equilibrado y adecuado para el pleno desarrollo de la vida, y el deber de contribuir a una efectiva gestión ambiental y de proteger el ambiente. Asi como sus componentes, asegurando particularmente la salud de las personas en forma individual y colectiva, la conservación de la diversidad biológica, el aprovechamiento sostenible de los recursos naturales y el desarrollo sostenible del país.
CODEMADES BOLETIN MARZO  2012